Es la protocolización del contrato de compra venta ante Notario Público, iniciando desde la autorización del crédito y termina con la escritura pública.
En caso de que exista saldo a favor del cliente, el reembolso se realiza una vez formalizado ante Notario Público, la Escritura Pública y la Entidad Financiera haya liquidado el crédito.
Si la operación ya fue formalizada, dependerá del tipo de crédito ejercido, es decir, hay Instituciones que otorgan prórrogas y otras seguro de desempleo.